
Autoridad fiscal
Ministerio de Economía y Finanzas – DGI (Dirección General de Ingresos).
Panamá inició su proyecto de factura electrónica "Sistema de Factura Electrónica de Panamá (SFEP)" en 2016.
En el año 2021 comenzó la etapa de Masificación Voluntaria en la que se posibilitó a cualquier empresa que así lo deseara a comenzar a facturar electrónicamente. Desde el 30 de Julio de 2022, se obliga a todas las entidades públicas a recibir únicamente factura electrónica emitida por PAC.
EDICOM se acreditó el 14 de noviembre de 2022 como Proveedor Autorizado Calificado (PAC) por la Dirección General de Ingresos de la República de Panamá (DGI). Desde el 1 de enero de 2023, todo RUC (Registro Único de Contribuyentes) debe de utilizar como medio de facturación, Factura electrónica PAC.
Ministerio de Economía y Finanzas – DGI (Dirección General de Ingresos).
Únicamente será necesario contar con las credenciales de contribuyente que se utilizan para conectarse a la plataforma e-Tax2. El proceso de afiliación se podrá llevar a cabo mediante el registro en la página web de la DGI, en la sección de factura electrónica.
XML firmado electrónicamente, de acuerdo con la Ley 51, 22 de julio de 2008, que establece el marco regulador para la creación, utilización y almacenamiento de documentos electrónicos y firmas digitales en el territorio de la República de Panamá.
De acuerdo a la Ley 51 del 22 de julio de 2008, artículos 2 y 74, la firma electrónica cualificada del emisor, garantiza la validez legal de la factura Electrónica, está firma deberá estar respaldada por un certificado electrónico cualificado, emitido por un prestador de servicios de certificación registrado ante la Dirección Nacional de Firma Electrónica del Registro Público de Panamá.
Para la identificación única de una factura, se recomienda implementar un Código Único de Factura Electrónica (CUFE), que identifica de manera única la factura que queda en responsabilidad del contribuyente, sin exigirse la emisión de rangos por parte de la Dirección General de Ingresos.
Recibe el nombre de Comprobante Auxiliar de la Factura Electrónica (CAFE) y existe un formato para las impresiones en papel tamaño carta o en cinta de papel. La legibilidad del texto impreso en un CAFE, bien como la del papel empleado, se debe garantizar por un plazo mínimo de 6 meses.
Las facturas electrónicas adheridos al SFEP deben ser almacenadas tanto por receptor como por emisor hasta cumplirse la prescripción de los tributos en los términos señalados en la ley, 5 años para ITBMS o IVA.
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Los requerimientos técnicos y legales para la facturación electrónica son diferentes en cada país. Si quiere conocer los detalles y las obligaciones fiscales de cualquier país en particular, sólo tiene que hacer clic en el mapa o elegir un país de la lista desplegable.