El estado de la factura electrónica en Panamá

La DGI ha publicado nuevas fechas de incorporación al Sistema de Facturación Electrónica de Panamá (SFEP) y los contribuyentes obligados en cada fase.
Panamá inicio la implementación de la factura electrónica en 2016 a través del Sistema de Factura Electrónica de Panamá (SFEP).
El Sistema de Factura Electrónica de Panamá (SFEP) está regulado por el Decreto Ejecutivo Nº 367 que establece los requisitos legales para la adopción de la factura electrónica por parte de las empresas que se encuentran exceptuadas del uso de Equipos Fiscales por la Dirección General de Ingresos, autoridad fiscal de Panamá.
La normativa técnica viene recogida en la Ficha Técnica, donde se describen formatos, procedimientos y estándares relacionados con el uso de la factura electrónica.
De acuerdo con la Ley 256 publicada el 26 de noviembre de 2021 se estableció que, a partir del 1 de enero de 2023, todo nuevo RUC (Registro Único de Contribuyentes) deberá de utilizar como medio de facturación, Factura electrónica PAC.
Y tras la publicación del Decreto Ejecutivo Nº3 publicado el 23 de enero de 2023 se prorrogaron los nuevos obligados para la implementación del Sistema de Facturación Electrónica de Panamá (SFEP) con diferentes fechas de implementación:
• A partir del 2 de enero de 2023:
- Las entidades privadas debidamente autorizadas por la Autoridad Marítima de Panamá para que garanticen el cumplimiento de las normas de construcción, navegación, prevención de la contaminación y de seguridad de las naves mercantes, de transporte de pasajeros, de placer, de investigación científica, trabajo, exploración petrolífera y de perforación de tráfico internacional, estén o no inscritas, en la Marina Mercante de Panamá.
- Los servicios de transporte de carga de derivados del petróleo.
- Los hostales que tengan menos de siete cuartos.
-La actividad de arrendamiento de bienes inmuebles bajo contratos notariados o inscritos en el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, realizada por personas naturales o jurídicas que administran sus propios bienes sin la intervención de terceras personas.
• A partir del 1 de marzo de 2023:
- Los servicios de transporte público de pasajeros internacional por vía terrestre, aérea o marítima, no exceptuados mediante Ley.
- Los servicios de transporte público de pasajeros nacional por vía aérea.
• Se establecen tres fases (30 de abril, 30 de junio y 31 de agosto de 2023) para:
- Fase 1 (30 de abril): En esta fase los bancos y otras instituciones financieras, implementarán el uso del sistema de facturación electrónica para todas las comisiones por los servicios prestados, tales como: Comisiones y Recargos (Comisiones Cuentas de ahorros, Recargos de Cuentas de ahorros, Comisiones por Préstamos, etc.)
- Fase 2 (30 de junio): En esta fase los bancos y otras instituciones financieras, implementarán el uso del sistema de facturación electrónica para todas las comisiones por los servicios prestados, tales como: Intereses ganados por préstamos personales, préstamos hipotecarios, préstamos comerciales, préstamos líneas de crédito, sobregiros, etc.
- Fase 3 (31 de agosto): En esta fase los bancos y otras instituciones financieras, implementarán el uso del sistema de facturación electrónica para todas las comisiones por los servicios prestados, tales como: Banca de Inversión, Casas de Cambio, Administradores de fondo (fondos de inversión, ahorro, pensión) Aseguradoras y Reaseguradoras, Tarjetas de crédito, ATM, etc.
• A partir del 30 de junio de 2023:
- Las operaciones y servicios en general que realicen los bancos y otras instituciones financieras, incluidas las sociedades de arrendamiento financiero y los fondos de inversión.
- Las empresas establecidas en zonas francas o especiales, como son:
- Zona Franca de Barú
- Zonas Francas
- Zona Libre de Petróleo
- Zona Libre de Colón (ZLC)
- Ciudad del Saber
- Área Económica Panamá Pacífico (AEEPP)
- Sede de Empresas Multinacionales (SEM)*
- Empresas Multinacionales para la prestación de servicios relacionados con la Manufactura (EMMA)
*En el caso de las empresas SEM como aquellas constituidas en el régimen EMMA, no están sujetas al uso de equipos fiscales, por lo que éstas deberán a la fechaestablecida en el calendario precedente, aplicar como método de facturación el Sistema.de Facturación Electrónica de Panamá.
• A partir del 31 de agosto de 2023:
- Las operaciones realizadas por la bolsa de valores y de productos autorizadas para operar en Panamá.
- Las operaciones realizadas por el sector Seguros.
- Las operaciones realizadas por otras entidades financieras previamente no tipificadas.
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Sistema de Factura Electrónica de Panamá (SFEP)
Actualmente el SFEP convive con los Equipos Fiscales. Los equipos fiscales son el sistema empleado hasta ahora en el país para la expedición de facturas. Se trata de aparatos electrónicos autorizados por la DGI, que sirven para procesar, registrar y almacenar los comprobantes fiscales. Estos aparatos están conectados a una caja registradora fiscal que registra el monto total de los impuestos a declarar junto con una impresora fiscal que imprime los comprobantes fiscales.
Con la masificación de la factura electrónica los equipos fiscales serán sustituidos por el SFEP.
¿Quién puede facturar de forma electrónica?
Toda persona natural y jurídica que solicite a la Dirección General de Ingresos el uso de la factura electrónica para documentar sus operaciones transferencias, venta de bienes y prestación de servicios.
Características de la factura electrónica
Formato
Utiliza el formato electrónico XML de acuerdo con la Ficha Técnica establecida por la DGI.
Control Fiscal
Cada factura debe ser identificada de forma unívoca a través del Código Único de Factura Electrónica (CUFE).
Almacenamiento
Las facturas electrónicas tanto emitidas como recibidas deberán ser almacenadas durante 5 años, hasta cumplirse la prescripción de los tributos ITBMS o IVA.
Firma Electrónica
La validez legal de las facturas será garantizada a través de la firma electrónica calificada del emisor asegurando la autenticidad y no repudio de las mismas.
Impulso a la transformación digital de Panamá
Con la implementación de la factura electrónica el Gobierno Nacional persigue:
- Impulsar la economía digital.
- Apoyar la innovación de los procesos empresariales e incrementar la competitividad del sector privado.
- Facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
El SFEP se integra dentro de la estrategia global del gobierno que tiene por objetivo convertir a Panamá en un “Hub” logístico a nivel mundial.
La ubicación estratégica de la República de Panamá junto con sus atractivas políticas fiscales la han convertido en un punto neurálgico del comercio internacional, convirtiéndose en destino preferido cada vez más por las multinacionales para situar sus Centro de Servicios Compartidos.
La digitalización de su administración a través de la factura electrónica será un gran impulso para su Estrategia Logística Nacional 2030.