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SILICIE – Suministro Inmediato de Libros Contables de Impuestos Especiales

SILICIE

El Suministro Inmediato de Libros Contables de Impuestos Especiales es el nombre que responde al acrónimo SILICIE, el nuevo sistema definido por la AEAT por el que las empresas vinculadas a la fabricación y comercialización de productos sujetos a impuestos especiales deberán gestionar la contabilidad de sus productos y de las materias primas empleadas en su fabricación, mediante un sistema en soporte informático a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

El Real Decreto 1512/2018, de 28 de diciembre ha visto modificados, entre otros, el artículo 50 del Reglamento de los Impuestos Especiales, definiendo el marco por el que las empresas que producen o distribuyen tabaco, hidrocarburos, alcohol y bebidas alcohólicas, pasarán de gestionar la llevanza de su contabilidad mediante procedimientos analógicos, a hacerlo en base un modelo digital basado en el reporte inmediato y permanente de las existencias y movimientos de sus productos ante la AEAT.

El sistema recuerda al conocido como SII (Suministro Inmediato de Información) vigente desde 2017 para la declaración del IVA mediante un sistema de llevanza electrónica de los Libros de IVA. Inspirada por este procedimiento, la Agencia Tributaria desarrolla esta vez un marco regulador de similares características para los productos asociados a impuestos especiales.

Éstas son algunas de las preguntas frecuentes acerca de SILICIE

¿Quién está obligado a adoptar SILICIE?

Estarán obligados a la llevanza de la contabilidad de los Impuestos Especiales a través de la Sede Electrónico de la AEAT los titulares de los siguientes tipos de establecimientos:

  • Fábricas.
  • Depósitos fiscales.
  • Almacenes fiscales.
  • Depósitos de recepción.
  • Fábricas de vinagre.

¿Modificará los procesos internos de las empresas afectadas?

Algunas de las gestiones que las empresas afectadas venían realizando por procedimientos analógicos, deberán hacerse en base a un nuevo proceso de corte digital, si bien, la comunicación que sobre existencias de producto pasará a hacerse de forma “inmediata”. Este criterio de inmediatez es el que mayores retos supondrá para las empresas, pues deberán realizar las comunicaciones a la AEAT en base a un formato estructurado normado por la Agencia Tributaria, que se enviará en unos plazos máximos de tiempo desde el registro de la entrada o salida de producto en el establecimiento.

Los modelos 570 de Declaración de Operaciones (para hidrocarburos) así como los modelos 553 y 548 (para derivados de alcohol) dejarán de tramitarse, pues la mecánica definida por SILICIE implicará que la información sobre existencias contenida en estos formatos pase a calcularse automáticamente.

¿Cuándo arranca el proyecto SILICIE?

La fecha para la puesta en producción del proyecto es enero de 2020.

En este momento existen además definidas fechas para empezar a realizar pruebas, siendo el calendario publicado el siguiente:

  • 01/06/2019 – Entorno de pruebas AEAT disponible.
  • 15/09/2019 – Apertura del entorno de producción AEAT para realización de pruebas (se podrán realizar hasta el 15/12/2019)
  • 01/01/2020 – Puesta en marcha de SILICIE.

¿Cómo funcionará SILICIE?

Las empresas comunicarán los asientos contables con el detalle de las existencias de productos objeto de impuestos especiales ante la Sede Electrónica de la AEAT. Esta obligación afecta también a los movimientos de materias primas utilizadas en la producción de los productos terminados.

La declaración de los movimientos podrá realizarse a través de 3 canales:

  • Formulario web: La AEAT habilitará un servicio a través del cual los contribuyentes podrán conectarse y, manualmente, declarar los movimientos de producto y materias primas.
  • Fichero de texto plano: Importando un fichero de texto con el detalle de estos movimientos. Supondrá una carga manual de este fichero a través de los servicios habilitados por la AEAT.
  • De forma automática: Mediante la implementación de un Servicio Web que implicará el envío de un fichero XML. Este sistema permitiría a las empresas automatizar la declaración de los movimientos cada vez que se registrara un cambio en el inventario, generando la estructura de datos conforme a la taxonomía definida por la AEAT.

¿Cuál es el plazo que tendrán las empresas para notificar los movimientos?

El suministro electrónico de los asientos contables ante la AEAT deberá realizarse por defecto dentro de las 24 horas siguientes al momento de producirse el movimiento.

En la práctica, este plazo se extiende a 4 días, pues el artículo 6, apartado 3 de la norma, admite este plazo de 96 horas para todas aquellas empresas que registren los movimientos, operaciones, procesos y existencias en un sistema contable en soporte informático.

¿Qué datos deben reportar las empresas?

Las empresas deberán comunicar el alta de un asiento contable y la anulación de éste cuando por algún motivo deba ser modificado.

La comunicación de estos asientos se realizará atendiendo a las particularidades que, sobre la estructura de datos y el servicio de comunicaciones con la AEAT, pudieran plantearse en base al tipo de establecimiento al que esté adscrito el establecimiento:

  • Grupo de alcohol y bebidas alcohólicas
  • Grupo hidrocarburos
  • Grupo labores del tabaco
  • Grupo mixto alcohol y labores del tabaco

La AEAT facilitará la consulta de movimientos y existencias para cada uno de estos grupos por los mismos canales habilitados para realizar el suministro de la información.

¿Cómo preparo mi empresa para SILICIE?

La puesta en producción de SILICIE podría implicar modificaciones sobre los sistemas de gestión de las empresas, especialmente en el caso de compañías con elevados volúmenes de movimientos de productos sujetos a impuestos especiales.

El requerimiento de notificar en un plazo máximo de 4 días la realización de un movimiento, exigirá como mínimo el desarrollo de rutinas encaminadas a facilitar en primer término la generación de estos datos en la forma y tiempo requerido por la AEAT. Implicará igualmente la adopción de mecanismos y tecnología para abrir la comunicación con la Agencia Tributaria en el plazo acordado a fin de reportar los asientos contables dentro de las 96 horas definidas.

EDICOM, como desarrollador de soluciones de integración de datos, puede ayudarle a poner en marcha su proyecto de comunicaciones para el Suministro Inmediato de Libros Contables de Impuestos Especiales. Nuestra plataforma se encargará de transformar los datos generados por sus sistemas de gestión al estándar requerido por la AEAT cada vez que deba notificar un asiento. A continuación, estableceremos las comunicaciones con la Agencia Tributaria conforme al grupo al que pertenezca su establecimiento, automatizando así el suministro de esta información.

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