Así funciona la factura electrónica obligatoria en Costa de Marfil

Costa de Marfil se encuentra inmersa en un proceso de transformación digital en materia fiscal. Tras el lanzamiento en 2019 de un sistema de facturación electrónica certificado para proveedores de servicios y bienes digitales, el país avanza ahora hacia un modelo obligatorio y estandarizado que entrará en vigor en 2025. Esta transición, liderada por la Direction Générale des Impôts (DGI), busca mejorar la recaudación tributaria, simplificar los procesos empresariales y garantizar una mayor transparencia en las operaciones económicas.
La DGI lidera una implementación gradual de la factura electrónica en Costa de Marfil
La Dirección General de Impuestos (DGI) de Costa de Marfil ha definido dos tipos de documentos clave en su marco de digitalización fiscal: la Facture Normalisée Électronique (FNE) y el Reçu Normalisé Électronique (RNE). La FNE corresponde a la factura electrónica, mientras que el RNE representa el recibo electrónico. No se trata de plataformas, sino de formatos estandarizados de documentos electrónicos que pueden generarse a través de distintos medios.
En el caso de la FNE, esta puede emitirse desde un sistema ERP o una solución de facturación conectada por API a la plataforma correspondiente, así como mediante la propia plataforma del FNE o su aplicación oficial. Por su parte, el RNE únicamente puede generarse desde un terminal de pago electrónico o mediante la aplicación del RNE para transacciones en el entorno B2C.
Ambas soluciones permiten una validación previa por parte de la administración, en un modelo tipo clearance, donde las facturas solo pueden entregarse al cliente una vez han sido autorizadas por la DGI con sello y numeración fiscal.
Este nuevo modelo sustituirá al sistema tradicional basado en papel, estableciendo un marco normativo único para todos los contribuyentes, independientemente de su tamaño o sector.
Cronograma oficial de adopción obligatoria de la factura electrónica en Costa de Marfil
La transición hacia la factura electrónica en Costa de Marfil se ha estructurado en distintas fases para facilitar la adaptación de los contribuyentes. El 10 de enero de 2025, entró en vigor el anexo fiscal que regula este nuevo modelo. Posteriormente, se habilitó el registro oficial en la plataforma FNE desde el 24 de febrero de 2025, siendo este un paso obligatorio para todas las empresas afectadas por el mandato.
La emisión obligatoria de facturas electrónicas comenzará de forma progresiva:
- Desde el 1 de junio de 2025, los contribuyentes bajo el Régimen Real Normal (RNI) deberán iniciar la emisión de e-facturas. Se trata principalmente de grandes empresas o entidades con estructuras complejas de facturación.
- A partir del 1 de julio de 2025, la obligación se extiende a las empresas sujetas al Régimen Simplificado Real (RSI), que incluye a pequeñas y medianas empresas con facturación media o baja.
- El 1 de agosto de 2025, se incorporan al sistema los contribuyentes bajo el Régimen de Microempresas (RME), incluyendo autónomos y negocios de menor tamaño.
- Finalmente, a partir del 1 de septiembre de 2025, deberán cumplir con el mandato las entidades sujetas al Régimen de Empresarios Estatales (TEE) y Empresarios Municipales (TCE), completando así la adopción plena del sistema en todo el ecosistema fiscal.
Sectores exentos del mandato
Aunque la obligatoriedad será casi total, el marco regulador contempla ciertas excepciones. No estarán obligadas a emitir factura electrónica:
- Las empresas concesionarias de servicios públicos como agua, electricidad o telecomunicaciones.
- Las compañías operadoras de contratos de producción petrolera.
- Aerolíneas, farmacias y estaciones de servicio —estas últimas únicamente en lo relativo a la venta de combustible.
- El servicio postal nacional, así como bancos y aseguradoras.
- Empresas de transporte operando bajo concesión administrativa.
- Compañías extranjeras sin presencia física en el país.
Estas exclusiones están pensadas para sectores que ya cuentan con esquemas regulatorios o de facturación propios, o que presentan retos técnicos y operativos complejos a corto plazo.
Requisitos técnicos y operativos
Las empresas deberán emitir sus facturas electrónicas utilizando uno de los métodos habilitados por la DGI. Estos pueden ser:
- Integración directa con la DGI mediante API conectada al ERP o sistema de facturación del contribuyente.
- Uso de la plataforma web del FNE, una solución accesible a través de navegador.
- Aplicación móvil oficial del FNE, útil para autónomos y microempresas.
- Terminales de pago electrónicos, que integran funcionalidad para generación de recibos electrónicos normalizados en punto de venta.
Cada factura debe cumplir con los siguientes elementos obligatorios: un código QR de certificación, el visual oficial del FNE, la numeración fiscal generada en tiempo real por la DGI, y el sello fiscal electrónico que valida el documento. Solo tras recibir esta autorización podrá entregarse legalmente la factura al cliente.
Obligación de archivo y conservación
De acuerdo con la normativa vigente, las facturas electrónicas deberán conservarse entre 6 y 10 años, en función del régimen fiscal y la naturaleza del contribuyente. Este requisito responde a la necesidad de mantener trazabilidad documental para auditorías y fiscalizaciones.
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